[Convenio Metal Valladolid 2011] Tabla reivindicativa de CNT-Metal

Acabada la vigencia del anterior convenio el pasado 31 de Diciembre, el cual solo tuvo duración de un año, se entra en proceso de negociación entre los sindicatos (UGT, CCOO) y la patronal del sector (VAMETAL).

En este articulo presentamos nuestra Tabla reivindicativa la cual no contiene diferencias respecto a la del año pasado, ya que el Convenio 2010 no supuso ningún cambio en el articulado, mas allá de una subida salarial del 0,8%, y fue considerado por los firmantes como un convenio de “transicion”.

El objetivo de esta tabla es crear un debate entre los trabajadores/as del sector, para que todos/as nos concienciemos de que tenemos un convenio muy escaso en derechos y que no pasa de ser un ”corta y pega” del Estatuto de los Trabajadores en muchos de sus puntos. Dada la situación económica actual y los cambios introducidos en la Legislacion tras la Reforma Laboral del pasado mes de junio, hemos visto necesario incluir varias reivindicaciones para mantener tanto los derechos, como los puestos de trabajo existentes, así como la recolocación del mayor número de trabajadores que han ido al paro.

Desde CNT-Metal, al igual que en años anteriores, no pretendemos formar parte de ninguna mesa negociadora pero no por eso queremos quedarnos al margen. Como en otras ocasiones, nuestro papel en este proceso es el de fomentar la democracia directa (asambleas) y la participación de los trabajadores de nuestro sector en el convenio: “Si nadie trabaja por ti que nadie negocie por ti”.

Por lo tanto, aquí mostramos nuestras aportaciones al convenio, las cuales podéis comparar con el convenio actual, que adjuntamos a continuación:

Convenio Colectivo de la Industria siderometalúrgica para Valladolid y Provincia 2010

Tabla reivindicativa del sector siderometalúrgico por CNT – Metal

::: TITULO III: CONTRATACION Y DESPIDOS :::

Art. 13 Subrogación

Ampliar el acuerdo a todas las empresas privadas, sin depender del numero de trabajadores/as.

Eliminar la excepción de un año en el tiempo trabajado.

Rebajar a tres meses el tiempo para que una mejora se considere consolidada.

Art. 14 Jubilación parcial con contrato de relevo

Añadir la obligatoriedad por parte de la empresa de pasar a fijos a los trabajadores que finalicen el contrato.

Art. 15 Empresas de Trabajo Temporal

Supresión total del texto actual, y por tanto la eliminación de las ETT’s de nuestro sector, para pasar a llamarse Garantía Laboral, con el siguiente texto:

En caso de que el trabajador sufriese un despido improcedente, sera este quien pueda optar entre la readmisión o la indemnización económica.

Con este nuevo articulo pretendemos que se mantengan los puestos de trabajo. Que la empresa aporte causas reales para justificar el despido, y eliminar la eventualidad generada por las ETT’s

Art. 17 Ceses

Para este artículo, dentro del párrafo 4º, nuestra reivindicación es la siguiente:

Supresión de las excepciones y la fijación de una indemnización de carácter no salarial del 7% por duración igual o menor al año y del 4,5% por duración superior al año prestando los servicios en la empresa, calculada sobre las tablas salariales vigentes.

Con este párrafo extraído del Convenio de la Construcción de Valladolid, mejoramos los 8 días por año de indemnización actual Además creemos que sería conveniente la creación de un nuevo artículo con el epígrafe “Bolsas de Trabajo y fomento del empleo”.

El cual recogería la creación de una Asamblea General del sector, que configure una comisión compuesta por sindicatos, trabajadores no adscritos a ningún sindicato y la patronal para gestionar la recolocación de los trabajadores en paro en los puestos que se vayan creando. También estaría encargada de vigilar escrupulosamente que, en aquellas empresas que se venga realizando horas extras de forma habitual, estas se eliminen y se creen los puestos de trabajo convenientes.

Esta comisión sera revocable en el momento que la asamblea lo crea oportuno.

::: TITULO IV: ESTRUCTURA SALARIAL :::

Art. 18 Salarios

Incluir una subida salarial LINEAL en la cuantía suficiente para alcanzar un poder adquisitivo acorde al momento actual.

Al respecto, vemos oportuno que esta subida sea de 100 euros mensuales en el 2011 y otros 100 euros mensuales en el 2012, y en años sucesivos aplicar la subida anual del IPC.

Art. 20 Antigüedad

En el párrafo 2º, suprimir las excepciones. En el párrafo 7º; suprimir como computables las excedencias forzosas por nombramiento para cargo público sindical, así como por estudios (presentando la matricula).

Art. 26 IncentivosSupresión total de Destajos e Incentivos

Art. 27 Horas extraordinariasSupresión total del párrafo C

::: TITULO V: ORDENACION DE LA JORNADA :::

Art. 31 Jornada

En el 2011 se reducirá la jornada anual en 16 horas, quedando esta en 1728 horas para toda la vigencia del convenio.

El «tiempo de bocadillo» será considerado como tiempo efectivo de trabajo.

Art. 32 Calendarios y horarios

Eliminación del calendario subsidiario y de los calendarios pactados en las empresas, creando una Calendario General al que estén obligadas a adherirse todas las empresas.

::: TITULO VI: DERECHOS SINDICALES Y REGIMEN DE INFORMACION Y CONSULTA EN LAS RELACCIONES LABORALES :::

Art. 36 Garantías de los comités de empresa, delegados de personal y secciones sindicales.

En el párrafo 1º; reducción al mínimo de las horas retribuidas, siendo estas para uso exclusivo en asuntos sindicales sin poder ser acumulables entre delegados.

En el párrafo 5º; ampliación de estos derechos a las Secciones Sindicales sin presencia en el comité de empresa y cualesquiera que sean el numero de trabajadores de la empresa.

Añadimos nuevo párrafo 8º; pactar un protocolo de actuación para implantar las asambleas de trabajadores en sus centros de trabajo.

::: TITULO VII: CODIGO DE CONDUCTA LABORAL :::

Art. 40 Faltas leves

Supresión del punto K.

::: TITULO VIII: SEGURIDAD SALUD Y PREVENCION DE RIESGOS :::

Art. 45 Seguridad y salud

Añadimos un nuevo párrafo: cumplimiento estricto de la normativa de seguridad e higiene y exigencia de responsabilidades a los empresarios por su incumplimiento.

Art. 46 Prendas de trabajo

Añadimos un nuevo párrafo:

Las empresas facilitaran a los trabajadores calzado de buena calidad y adecuado a los trabajos a realizar, al igual que todos aquellos elementos de protección personal apropiados para la realización de cada trabajo, cuidando de su conservación y reposición, de modo que en todo momento su eficacia se pueda asegurar. Las empresas facilitaran a sus trabajadores de obra una prenda de abrigo (anorak o similar) una vez al año y en el periodo correspondiente a los meses de Septiembre a Noviembre.

::: TITULO X: FORMACIÓN PROFESIONAL A LOS TRABAJADORES :::

Art. 48 Formación continua de los trabajadores

Pactar que los cursos de formación continua sean realizados, siempre que se pueda, dentro de la jornada laboral o en su defecto remunerados.

::: TITULO XI: PRESTACIONES SOCIALES Y JUBILACION :::

Pactar la creación de un nuevo articulo en el cual vaya reflejado la reducción de la edad de jubilación a los 55 años.

Art. 49 Incapacidad Temporal

A; Eliminar el texto actual y crear uno que obligue a las empresas a que desde el primer día de baja la prestación sea del 100%.

En la actualidad los tres primeros días de baja por enfermedad común no se recibe sueldo.

E.2. y E.3; Supresión total del texto y en ambos casos desaparición del tope de tiempo para dejar de percibir estas prestaciones.

E.5- Será la Seguridad Social quien únicamente tenga potestad para tomar la decisión de que el trabajador cese de devengar dicha prestación.

Art. 50: Ayuda empresarial para la concertación por los trabajadores de un seguro de accidentesObligación por parte de la empresa a subscribir dicho seguro y abonarlo la misma.


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